Recurso de alzada

¿Problemas con una multa de tráfico? ¿Alguna deuda pendiente con la Administración? Son muchos los ámbitos en los que podemos interponer el recurso de alzada, acudiendo a la vía administrativa, sin necesidad de acudir a la más tediosa vía judicial.

¿Para qué sirve entonces? Es la medida que adoptaremos contra una resolución o un acto de trámite cuando produzcan indefensión o perjuicios irreparables a nuestros derechos e intereses legítimos. Es decir, si tenemos algún problema con organismos públicos y administrativos, es la vía más apropiada para obtener el mejor resultado posible.

Recurriremos ante el órgano que dictó en acto, de manera que lo revise, o bien ante su superior jerárquico. El plazo para interponer este recurso dependerá de si estamos ante un acto expreso, que será de un mes, o no lo sea, por lo que dispondremos de tres meses. Es esencial no perder de vista estos plazos ya que sino, la resolución será definitiva y no podremos recurrirla.

Una vez presentado el recurso, obtendremos una respuesta en el plazo de tres meses. En el caso contrario, deberemos entender que nuestro recurso ha sido desestimado, y agotaremos la vía administrativa, salvo que tengamos la posibilidad de interponer el recurso extraordinario de revisión (exista algún error evidente en los propios documentos que acompañen el expediente). No obstante, si todavía quisiéramos seguir intentándolo, nos quedará abierta entonces la vía judicial.